Primera Modificación al Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019
“Especificaciones técnicas
de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar
controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos”
ÚNICO. Se reforman los apartados 30.5., fracción III, inciso f), tercer y quinto párrafos,
30.5.1., fracciones I, incisos c) numeral 2 y e), numerales 1, fracción iii. y 2, fracción iii.; II, incisos
a) y c), numerales 2 y 3; III, incisos a), numeral 2; IV y VIII, inciso a), numeral
1,30.6.1.3., fracción IV inciso d) y 30.6.1.4. fracción II del Anexo 30 de la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2019, para quedar de la siguiente manera:
30.5. Equipos para llevar controles
volumétricos (sistemas de medición).
Los contribuyentes referidos en la regla 2.6.1.2., excepto
los comercializadores que enajenen gas natural o Petrolíferos en los términos del
artículo 19, fracción I del Reglamento de las actividades a que se refiere el Título
Tercero de la Ley de Hidrocarburos, estarán a lo siguiente:
...
III. Los
sistemas de medición deben instalarse en los siguientes puntos:
…
f) Estaciones
de servicio.
….
Se
deben instalar medidor(es) estático(s) en el (los) tanque(s) de almacenamiento y
dinámico(s) en las entradas de dichos tanques, así como en los dispensadores.
…
Los
medidores dinámicos deben cumplir con la normatividad descrita en el apartado 30.7.,
fracciones I y III, incisos a), b) y c), que les corresponda.
30.5.1. Requerimientos de los sistemas de medición.
Los sistemas de medición deben cumplir con los siguientes requerimientos:
I. Requerimientos generales:
…
c) Contar
con una interfaz o módulo de comunicación para la transferencia de la información
a la UCC, con las siguientes características:
1. Disponer
de un protocolo de comunicación para enlazar los equipos con la UCC.
2. Disponer
de mecanismos de mitigación a perturbaciones de radiación y/o electromagnéticas.
…
e) Estar
integrados por los siguientes elementos:
1. Elemento
primario. Dispositivo que cuantifica el volumen del Hidrocarburo o Petrolífero de
que se trate, en reposo en un medio de almacenamiento en el caso de la Medición
estática, o el volumen/masa del producto que fluye por un ducto, en el caso de la
Medición dinámica, mismo que debe cumplir con las siguientes características:
…
iii. Calibración
válida, realizada por un laboratorio acreditado por la EMA o por una entidad que
cuente con un ARM con la EMA, de conformidad con lo establecido
en la LFMN.
…
2. Elementos
secundarios. Deben cumplir con las siguientes características:
…
iii. Calibración
válida, realizada por un laboratorio acreditado por la EMA o por una entidad que
cuente con un ARM con la EMA, de conformidad con lo establecido
en la LFMN.
…
II. Requerimientos específicos tratándose de sistemas de medición estática:
…
a) El
medio de almacenamiento debe tener Calibración válida (cartas), realizada por un
laboratorio acreditado por la EMA o por una entidad que cuente con un ARM con la EMA, de conformidad con lo establecido en la LFMN.
…
c) El
Elemento primario debe cumplir con las siguientes características:
…
2. Certificado
de Calibración válido.
3. Disponer
de mecanismos de mitigación a perturbaciones de radiación y/o electromagnéticas.
…
III. Requerimientos específicos tratándose de sistemas de Medición dinámica en
ductos:
…
Además de lo establecido en la fracción I anterior, los sistemas
de medición dinámica deben cumplir con los siguientes requerimientos:
a) El
Elemento primario debe ser un medidor de flujo, con las siguientes características:
…
2. Certificado
de Calibración válido.
…
IV. Requerimientos
específicos tratándose de sistemas de Medición dinámica en estaciones de servicio:
Además de lo establecido en la fracción I anterior, los sistemas
de medición dinámica en las estaciones de servicio deben estar integrados a los
dispensadores de las estaciones de servicio y cumplir con lo siguiente:
a) Tratándose
de estaciones de servicio en las que se despachen gasolinas o diésel, los sistemas
de medición dinámica deben ser de desplazamiento positivo y contar con la verificación
por parte del Centro Nacional de Metrología o cualquier otra entidad acreditada
del sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos sujetos
a la NOM-005-SCFI-2017, Instrumentos de medición - Sistema para medición y despacho
de gasolina y otros combustibles líquidos - Especificaciones, métodos de prueba
y de verificación, publicada en el DOF el 10 de octubre de 2018 y a la NOM-185-SCFI-2017,
Programas informáticos y sistemas electrónicos que controlan el funcionamiento de
los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos
- Especificaciones, métodos de prueba y de verificación, publicada en el DOF el
6 de septiembre de 2018, o aquélla que la sustituya.
b) Tratándose
de estaciones de servicio en las que se despache gas licuado de petróleo, los sistemas
de medición dinámica podrán ser del tipo turbina o Coriolis.
c) La
interfaz o módulo de comunicación para la transferencia de información con la UCC y el programa informático, debe tener las siguientes características:
1. Protocolo
de comunicación serial y/o red de cableado estructurado para enlazar los dispensarios
con la UCC y el programa informático.
2. Escalable,
para interconectar todos los dispensarios requeridos.
3. Procesamiento
paralelo en todos los canales a los dispensarios.
4. Estable
y tolerante a fallas o interferencias por defectos en dispensarios, cables de comunicación
o red eléctrica.
5. Proteger
la información de la venta de combustible ante posibles fallas en el sistema eléctrico
o fallas en el dispensario.
6. Canales
de comunicación aislados y blindados entre sí, garantizando la transferencia de
información y una operación confiable, aún para transacciones simultáneas.
7. Permitir
al programa informático obtener la información del volumen entregado por cada dispensario
en general y por cada manguera en particular.
8. No
debe existir ningún elemento mecánico o electrónico adicional que permita alterar
la información del totalizador general que cuantifica todas las salidas de combustible
por dispensario.
VIII. Debe generar alarmas cuando detecte una falla o condición anómala en la
operación de los componentes de los equipos y programas informáticos para llevar
controles volumétricos y registrarla en el registro de alarmas.
a) Los
eventos que deben generar una alarma son:
1. Calibración
no válida.
…
30.6.1.3. Requerimientos del almacenamiento de la
información.
…
IV. Toda la información que se almacene debe estar interrelacionada e integrada
en una base de datos. La base de datos debe cumplir las siguientes especificaciones:
d) Soportar
el estándar de comunicación conforme a las especificaciones y características que
se darán a conocer en el Portal del SAT.
30.6.1.4. Requerimientos del procesamiento de la
información y la generación de reportes.
El procesamiento de la información consiste en someter la información generada,
recopilada y almacenada a una serie de operaciones programadas que permitan:
…
II. La generación de los reportes de información diarios y mensuales conforme
a las especificaciones y características que se darán a conocer en el Portal del
SAT.
.................................................................................................................................................................................
Atentamente,
Ciudad de México, a 14 de agosto de 2019.- La Jefa del Servicio de Administración
Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.